Declaraci贸n sobre la Salud Digital


Adoptada por la 60a听Asamblea General, Nueva Delhi, India, octubre 2009
Y revisada por la 73陋 Asamblea General de la AMM, Berl铆n, Alemania, octubre 2022

INTRODUCCION

1.La salud digital es un t茅rmino general que hace referencia al 鈥渦so de tecnolog铆as de informaci贸n y comunicaci贸n en medicina y otras profesiones sanitarias para controlar enfermedades y riesgos para la salud y promover el bienestar鈥. La salud digital abarca la salud electr贸nica (e-Health) y 谩reas en desarrollo tales como el uso de ciencias inform谩ticas avanzadas (incluidos el 鈥渂ig data鈥, bioinform谩tica y la inteligencia artificial). Esta definici贸n tambi茅n incluye la telesalud, telemedicina y salud m贸vil (mHealth).

2. El t茅rmino 鈥渟alud digital鈥 puede usarse indistintamente con 鈥渆-Salud鈥. Estos t茅rminos tambi茅n incluyen en ellos lo siguiente: 鈥淭elesalud鈥 o 鈥渢elemedicina鈥: es el uso de ambos utilizan la tecnolog铆a de informaci贸n y comunicaciones para prestar servicios de informaci贸n y atenci贸n m茅dica a (grande o peque帽a) distancia. Se utiliza Son utilizados principalmente para servicios cl铆nicos remotos, incluido el monitoreo del paciente en tiempo real, como en establecimientos de atenci贸n cr铆tica. Tambi茅n sirven para consultas m茅dico-paciente en las que el acceso es limitado debido a las programaciones o preferencias de los m茅dicos o de los pacientes, o a limitaciones del paciente como la discapacidad f铆sica. De forma alternativa, pueden utilizarse para consultas entre dos o m谩s m茅dicos. La diferencia entre los dos t茅rminos es que la 鈥淭elesalud鈥 tambi茅n se refiere a los servicios cl铆nicos y no cl铆nicos remotos: apoyo preventivo de la salud, investigaci贸n, formaci贸n y educaci贸n m茅dica continua para los profesionales de la salud.

3. Los avances tecnol贸gicos y la creciente disponibilidad y asequibilidad de los dispositivos m贸viles han conducido a un aumento exponencial del n煤mero y la variedad de servicios de salud digital en uso tanto en los pa铆ses desarrollados como en los pa铆ses en desarrollo. Simult谩neamente, este sector relativamente nuevo y en r谩pida evoluci贸n sigue estando pr谩cticamente en gran parte sin regular, lo que podr铆a tener posibles implicaciones 茅ticas y de seguridad para los pacientes.

4. La fuerza impulsora detr谩s de la salud digital debe ser eliminar las deficiencias en la prestaci贸n de la atenci贸n o mejorar la calidad de la atenci贸n, la seguridad del paciente y la igualdad de acceso a los servicios que de otra manera no est谩n disponibles.

5. La salud digital difiere de la atenci贸n m茅dica convencional en el medio utilizado, su accesibilidad y su efecto en la relaci贸n m茅dico-paciente y los principios tradicionales de atenci贸n al paciente.

6. El desarrollo y la aplicaci贸n de la salud digital ha ampliado los canales tradicionales de prestaci贸n de la atenci贸n m茅dica, permitiendo el acceso a la atenci贸n m茅dica y la educaci贸n en salud, tanto en situaciones regulares como en emergencias. Al mismo tiempo, deben tenerse en cuenta su efecto sobre la relaci贸n m茅dico-paciente, la responsabilidad, seguridad del paciente, las interacciones con m煤ltiples partes interesadas, la privacidad y confidencialidad de la informaci贸n, el acceso justo y los principios 茅ticos y sociales. Sin embargo, el alcance y la aplicaci贸n de la salud digital, la telemedicina o la telesalud dependen del contexto. Tambi茅n deben tenerse en cuenta factores como los recursos humanos para la salud, el tama帽o del 谩rea de servicio y el nivel de las instalaciones de salud.

7. Los m茅dicos deben participar en la creaci贸n y la implementaci贸n de soluciones de salud digital para utilizarlas en la atenci贸n m茅dica, a fin de asegurar que respondan a las necesidades de los pacientes y los profesionales de la salud.

8. Conforme al mandato de la AMM, esta declaraci贸n est谩 dirigida principalmente a los m茅dicos y a su funci贸n en el marco de la atenci贸n m茅dica. La AMM insta a otras personas involucradas en salud a elaborar y adherir a principios similares, apropiado a su funci贸n en el sistema de salud.

Autonom铆a del m茅dico

9. Deben existir l铆mites aceptables en la relaci贸n m茅dico-paciente necesarios para la prestaci贸n de una atenci贸n 贸ptima, tanto en la pr谩ctica de la atenci贸n m茅dica digital como en la f铆sica. La disponibilidad casi continua de la atenci贸n m茅dica digital puede potencialmente interferir indebidamente en el equilibrio entre trabajo y vida personal de un m茅dico debido a la disponibilidad virtual te贸rica de 24 horas del d铆a, los 7 d铆as de la semana. El m茅dico debe informar a los pacientes sobre su disponibilidad y recomendarles servicios cuando no est茅 disponible.

10. Los m茅dicos deben ejercer su autonom铆a profesional a la hora de decidir si la consulta de salud digital frente a la presencial es adecuada. Esta autonom铆a debe tener en cuenta el tipo de visita programada, la comodidad del m茅dico con el medio y la evaluaci贸n del m茅dico, junto con el paciente, del nivel de comodidad del paciente con este tipo de atenci贸n.

Relaci贸n m茅dico-paciente

11. La consulta presencial debe ser el est谩ndar de oro cuando se requiere un examen f铆sico para establecer un diagn贸stico, o cuando el m茅dico o el paciente desean comunicarse en persona como parte del establecimiento de una relaci贸n confiable m茅dico-paciente. Las consultas presenciales pueden ser preferibles en algunas circunstancias para hacer un balance de las se帽ales no verbales y para las consultas donde puede haber barreras de comunicaci贸n o discusi贸n sobre asuntos delicados. Idealmente, la relaci贸n m茅dico-paciente, incluida en el contexto de la salud digital, debe basarse en una relaci贸n establecida previamente y un conocimiento suficiente del historial m茅dico del paciente.

12. Sin embargo, en situaciones de emergencia y cr铆ticas o cuando el acceso a m茅dicos no est茅 disponible m谩s que a trav茅s de la telemedicina, se debe dar prioridad a este modo de atenci贸n, incluso cuando no exista una relaci贸n m茅dico-paciente previa. La telemedicina podr铆a emplearse cuando un m茅dico no puede estar f铆sicamente presente dentro de un per铆odo seguro y aceptable. Tambi茅n se podr铆a utilizar para tratar a los pacientes en forma remota, incluida la autogesti贸n y para las afecciones cr贸nicas o para el seguimiento despu茅s del tratamiento inicial, cuando se haya demostrado que es segura y eficaz.

13. El m茅dico que presta servicios de telemedicina debe estar familiarizado con la tecnolog铆a o deber谩 recibir recursos, formaci贸n y orientaci贸n suficientes en comunicaci贸n digital efectiva. Adem谩s, el m茅dico debe tomar medidas esforzarse para garantizar que se maximiza la calidad de la comunicaci贸n durante una cita de salud digital. Tambi茅n es importante que los pacientes est茅n c贸modos con la tecnolog铆a empleada. Cualquier deficiencia t茅cnica significativa deber谩 anotarse en la documentaci贸n de la consulta y notificarse, si procede.

14. La relaci贸n m茅dico-paciente se basa en la confianza mutua y el respeto. Por lo tanto, el m茅dico y el paciente deben identificarse entre s铆 de forma fiable cuando se emplea la telemedicina. Sin embargo, se debe reconocer que a veces los terceros o los 鈥渟ustitutos鈥, como un familiar, deben involucrarse en el caso de los menores, los desfavorecidos, los ancianos o en una situaci贸n de emergencia.

15. El m茅dico debe dar instrucciones claras y expl铆citas al paciente durante la cita de telemedicina sobre qui茅n tiene la responsabilidad continua de cualquier seguimiento necesario y atenci贸n m茅dica continua.

16. En consulta con dos o m谩s profesionales de la misma o de diferentes jurisdicciones, el m茅dico de cabecera sigue siendo responsable de la atenci贸n y coordinaci贸n del paciente. El m茅dico es responsable y debe supervisar los protocolos, las conferencias y la revisi贸n del historial cl铆nico en todos los entornos y circunstancias. Los m茅dicos que proporcionan asesoramiento deben ser capaces de ponerse en contacto con otros profesionales y t茅cnicos de la salud, as铆 como con los pacientes, de forma oportuna.

Consentimiento informado

17. El consentimiento informado adecuado requiere que el paciente sea informado o tenga la capacidad y otorgue el consentimiento espec铆fico para el tipo de salud digital que se utiliza. Toda la informaci贸n necesaria sobre las caracter铆sticas distintivas de la salud digital, en general, y la telemedicina, en particular, debe ser explicada por completo a los pacientes, incluido, entre otros: explicar c贸mo funciona la telemedicina; c贸mo programar citas; cuestiones de privacidad; la posibilidad de fallo tecnol贸gico, incluidas las violaciones de la confidencialidad; el posible uso secundario de los datos; protocolos de contacto durante las visitas virtuales; prescribir pol铆ticas y coordinar la atenci贸n con otros profesionales de la salud. Esta informaci贸n debe proporcionarse de forma clara y comprensible sin ejercer presi贸n o influencia indebida en las opciones voluntarias del paciente y tomar en cuenta los conocimientos percibidos del paciente sobre salud y otras limitaciones de recursos espec铆ficas al tipo de salud digital en uso.

Calidad de la atenci贸n

18. El m茅dico debe asegurar de que el est谩ndar de atenci贸n proporcionado a trav茅s de la salud digital sea adecuado y al menos equivalente a cualquier otro tipo de atenci贸n proporcionada al paciente, teniendo en cuenta el contexto, la ubicaci贸n y el momento espec铆ficos, y la disponibilidad relativa de la atenci贸n presencial. Si un est谩ndar de atenci贸n no se puede satisfacer mediante la tecnolog铆a digital, el m茅dico debe informar al paciente y sugerir una forma de prestaci贸n de atenci贸n m茅dica alternativa.

19. El m茅dico debe tener protocolos claros y transparentes para proporcionar salud digital como directrices de pr谩ctica cl铆nica, siempre que sea posible, para orientar la prestaci贸n de la atenci贸n en el entorno digital, reconociendo que podr铆a ser necesario realizar ciertas modificaciones para adaptarse a circunstancias espec铆ficas. Los cambios en las directrices de la pr谩ctica cl铆nica para el entorno digital deben ser aprobados por la asociaci贸n o el 贸rgano rector o regulador apropiado. Si la soluci贸n de salud digital est谩 equipada con soporte de pr谩ctica cl铆nica automatizado, este soporte debe estar basado estrictamente en lo profesional y de ninguna manera estar influenciado por intereses econ贸micos.

20. El m茅dico que preste servicios digitales debe seguir todos los requisitos normativos y protocolos y procedimientos pertinentes relacionados con el consentimiento informado (verbal, escrito y grabado); la privacidad y la confidencialidad; la documentaci贸n; la propiedad de los historiales de los pacientes; y los comportamientos de video/tel茅fono adecuados.

21. El m茅dico consultado que presta atenci贸n a trav茅s de la telesalud debe mantener un registro claro y detallado de los consejos proporcionados, la informaci贸n recibida en qu茅 se bas贸 la recomendaci贸n y el consentimiento informado del paciente.

22. El m茅dico debe ser consciente y respetar los desaf铆os e incertidumbres particulares que puedan surgir cuando est茅 en contacto con el paciente a trav茅s de la telecomunicaci贸n. El m茅dico debe estar preparado para recomendar el contacto directo entre el paciente y el m茅dico siempre que sea posible si cree que es lo mejor para el paciente o que mejorar谩 el cumplimiento.

23. Las posibilidades y debilidades de la salud digital en emergencias deben identificarse debidamente. Si es necesario utilizar la telemedicina en una emergencia, el asesoramiento y las sugerencias de tratamiento se ver谩n influidos por la gravedad de la afecci贸n m茅dica del paciente y la alfabetizaci贸n tecnol贸gica y sanitaria del paciente. Para asegurar la seguridad del paciente, las entidades que prestan servicios de telemedicina deben establecer protocolos para las derivaciones de servicios en situaciones de emergencia.

Resultados cl铆nicos

24. Las entidades que proporcionan programas de salud digital deben supervisar y esforzarse continuamente por mejorar la calidad de los servicios para lograr los mejores resultados posibles.

25. Las entidades que proporcionan programas de salud digital deben contar con un protocolo sistem谩tico de recopilaci贸n, evaluaci贸n, monitoreo y notificaci贸n de resultados sanitarios significativos, datos de seguridad y eficacia cl铆nica. Los indicadores de calidad deben identificarse y utilizarse. Al igual que todas las intervenciones sanitarias, la tecnolog铆a digital debe probarse para comprobar su eficacia, eficiencia, seguridad, viabilidad y rentabilidad. Los datos de garant铆a y mejora de la calidad deben compartirse para mejorar su uso equitativo.

26. Se insta a las entidades que implementan la salud digital a informar de las consecuencias no intencionadas para ayudar a mejorar la seguridad del paciente y promover el desarrollo general del 谩mbito. Se anima a los pa铆ses a implementar estos principios rectores en su propia legislaci贸n y regulaci贸n.

Equidad de la atenci贸n

27. Aunque la salud digital puede proporcionar un mayor acceso a las poblaciones distantes y desatendidas, tambi茅n puede exacerbar las desigualdades existentes debido, entre otras cosas, a la edad, raza, posici贸n socioecon贸mica, factores culturales o problemas de alfabetizaci贸n. Los m茅dicos deben ser conscientes de que ciertas tecnolog铆as digitales pueden no estar disponibles o no ser asequibles para los pacientes, lo que impide el acceso y ampl铆a a煤n m谩s la brecha de los resultados sanitarios.

28. La supervisi贸n y evaluaci贸n de las tecnolog铆as digitales deben implementarse y monitorearse con cuidado para evitar la desigualdad de acceso a estas tecnolog铆as. Cuando proceda, los servicios sociales o de salud deben facilitar el acceso a las tecnolog铆as como parte de los paquetes de prestaci贸n b谩sicos, a la vez que toman todas las precauciones necesarias para garantizar la seguridad y privacidad de los datos. El acceso a las tecnolog铆as vitales no debe denegarse a nadie en funci贸n del estado financiero o de la falta de experiencia t茅cnica.

Confidencialidad y seguridad de los datos

29. Para asegurar la confidencialidad de los datos, se deben utilizar medidas de protecci贸n de datos reconocidas oficialmente. Los datos obtenidos durante una consulta digital deben asegurarse para evitar el acceso no autorizado y las violaciones de la informaci贸n identificable del paciente a trav茅s de medidas de seguridad y privacidad adecuadas y actualizadas. Si se producen violaciones de la seguridad de los datos, se debe notificar inmediatamente al paciente conforme a la legislaci贸n.

30. Las tecnolog铆as de salud digital generalmente implican la medici贸n o la introducci贸n manual de datos m茅dicos, fisiol贸gicos, de estilo de vida, actividad y ambientales para cumplir su prop贸sito principal. La gran cantidad de datos generados tambi茅n puede ser utilizado para investigaci贸n y otros objetivos para mejorar en la prestaci贸n de la atenci贸n m茅dica y la prevenci贸n de enfermedades. Sin embargo, este uso secundario de los datos personales de Msalud puede tener un uso indebido y abusivo.

31. Deben implementarse pol铆ticas y salvaguardas s贸lidas para regular y asegurar la recogida, almacenamiento, protecci贸n y tratamiento de los datos de los usuarios de la salud digital, especialmente los datos de salud personal para asegurar el consentimiento informado v谩lido y garantizar los derechos del paciente.

32. Si los pacientes creen que se han infringido sus derechos de privacidad, pueden presentar una reclamaci贸n ante el responsable de privacidad de la entidad en cuesti贸n o ante las autoridades de protecci贸n de datos, seg煤n conforme a las normativas locales.

Principios legales

33. Debe elaborarse un marco legal claro para abordar la posible responsabilidad derivada del uso de tecnolog铆as digitales. Los m茅dicos solo deben practicar la telemedicina en los pa铆ses o jurisdicciones en los que tengan licencia para hacerlo y deben observar el marco legal y las normas definidas por el pa铆s/jurisdicci贸n donde los m茅dicos originan la atenci贸n y los pa铆ses donde ejercen. Los m茅dicos deben asegurarse de que su exoneraci贸n m茅dica incluya la telemedicina y la cobertura de salud digital.

34. Se deben establecer modelos de reembolso adecuados en consulta con las asociaciones m茅dicas nacionales y los proveedores de atenci贸n m茅dica para garantizar que los m茅dicos reciban el reembolso adecuado por proporcionar servicios de salud digital.

Principios espec铆ficos de la tecnolog铆a de salud m贸vil

35. La salud m贸vil (mHealth) es una forma de salud electr贸nica (eHealth) para la que no existe una definici贸n fija. Se ha descrito como una pr谩ctica m茅dica y de salud p煤blica respaldada por dispositivos m贸viles, como tel茅fonos m贸viles, dispositivos de monitoreo de pacientes, asistentes digitales personales (PDA) y otros dispositivos destinados a ser utilizados en conexi贸n con dispositivos m贸viles. Incluye servicios de voz y mensajes cortos (SMS), aplicaciones (apps) y el uso del sistema de posicionamiento global (GPS).

36. Debe distinguirse claramente entre las tecnolog铆as de salud m贸vil utilizadas con fines de h谩bitos de vida y aquellas que requieren la experiencia m茅dica de los m茅dicos y que cumplen la definici贸n de dispositivos m茅dicos. Estas 煤ltimas deben estar debidamente reguladas y los usuarios deben poder verificar la fuente de informaci贸n proporcionada, ya que podr铆an potencialmente recomendar tratamientos no cient铆ficos o que no est茅n basados en evidencias. La informaci贸n proporcionada debe ser completa, clara, fiable, no t茅cnica y f谩cilmente comprensible para los no entendidos.

37. El trabajo concertado debe mejorar la interoperabilidad, fiabilidad, funcionalidad y seguridad de las tecnolog铆as de salud m贸vil, por ejemplo, a trav茅s del desarrollo de normas y planes de certificaci贸n.

38. Las evaluaciones integrales e independientes deben llevarse a cabo regularmente por autoridades competentes con la experiencia m茅dica adecuada para evaluar la funcionalidad, las limitaciones, la integridad de los datos, la seguridad y la privacidad de las tecnolog铆as de salud m贸vil. Esta informaci贸n debe hacerse p煤blica.

39. La salud m贸vil solo puede contribuir positivamente a las mejoras en la atenci贸n si los servicios se basan en fundamentos m茅dicos s贸lidos. A medida que se desarrollen pruebas de utilidad cl铆nica, los hallazgos deben publicarse en revistas arbitradas y ser reproducibles.

 

RECOMENDACIONES

  1. La AMM reconoce el valor de la salud digital para complementar las formas tradicionales de gestionar la salud y prestar atenci贸n m茅dica. La fuerza impulsora detr谩s de la salud digital debe ser mejorar la calidad de la atenci贸n y la equidad en el acceso a los servicios que de otro modo no estar铆an disponibles.
  2. La AMM enfatiza que los principios de la 茅tica m茅dica, tal como se describen en la Declaraci贸n de Ginebra: La Promesa del M茅dico y el C贸digo Internacional de 脡tica M茅dica, deben respetarse en la pr谩ctica de todas las formas de salud digital.
  3. La AMM recomienda que la ense帽anza y formaci贸n de la alfabetizaci贸n y las habilidades en salud digital se incluyan en la educaci贸n y formaci贸n m茅dica y en el desarrollo profesional continuo.
  1. La AMM insta a los pacientes y m茅dicos a ser exigentes en el uso de la salud digital y a ser conscientes de los posibles riesgos e implicaciones.
  1. La AMM recomienda m谩s investigaci贸n en salud digital para evaluar la seguridad, eficacia, rentabilidad, posibilidad de implementaci贸n y los resultados de los pacientes.
  1. La AMM recomienda monitorear los riesgos del uso excesivo o inapropiado de las tecnolog铆as de salud digital y el posible impacto psicol贸gico en los pacientes y garantizar que los beneficios de dichas tecnolog铆as superen los riesgos.
  1. La AMM recomienda dar una atenci贸n especial a las discapacidades del paciente (audiovisuales o f铆sicas) y a los pacientes menores de edad cuando se utilice la salud digital.
  1. Cuando proceda, las asociaciones m茅dicas nacionales deben fomentar la elaboraci贸n y la actualizaci贸n de normas 茅ticas, directrices de pr谩ctica, legislaci贸n nacional y acuerdos internacionales sobre pr谩ctica sanitaria digital.
  1. La AMM recomienda que otros organismos reguladores, asociaciones profesionales, organizaciones, instituciones y la industria privada supervisen el uso adecuado de las tecnolog铆as de salud digital y comuniquen ampliamente sus resultados.

 

 

 

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